| Situación | ¿Quién instala el detector? | ¿Quién lo mantiene? |
|---|---|---|
| Alquiler sin amueblar clásico | El propietario | El inquilino (pilas, prueba, sustitución si es necesario) |
| Alquiler amueblado | El propietario | El propietario |
| Alquiler vacacional, alojamiento turístico amueblado | El propietario | El propietario |
Conformidad
Detector de humo en alquiler vacacional: obligaciones
Detector de humo, quién lo mantiene y cuándo un alojamiento turístico pasa a ser un ERP: las obligaciones de seguridad contra incendios del propietario de un alquiler vacacional en 2026.
Sí, un alojamiento amueblado alquilado a viajeros debe tener al menos un detector de humo, y es usted, como propietario, quien debe instalarlo y comprobar que funciona. Esta regla vale tanto para el alquiler vacacional como para el alquiler amueblado clásico, incluso cuando delega la gestión en una conserjería. Hay un segundo umbral que merece su atención: a partir de 15 personas alojadas, su vivienda ya no es solo un alojamiento amueblado, sino también un establecimiento abierto al público.
Esta guía recoge los textos y las respuestas ministeriales que regulan la seguridad contra incendios de un alojamiento turístico amueblado: el detector autónomo avisador de humo (DAAF), el reparto de responsabilidades con un gestor, el régimen de los establecimientos abiertos al público (ERP) y los reflejos prácticos que conviene adoptar antes de la próxima llegada.
Última verificación de las fuentes: 7 de octubre de 2026. Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado: compruebe su caso concreto con su ayuntamiento (mairie) o con el servicio departamental de incendios y socorro (SDIS).
¿Es obligatorio un detector de humo en un alquiler vacacional?
Sí. La ley n.º 2010-238, de 9 de marzo de 2010, hizo obligatoria la instalación de detectores de humo en los lugares de habitación. Según la respuesta del ministerio a la pregunta escrita n.º 69140 de la Asamblea Nacional, todas las viviendas deben estar equipadas con al menos un detector autónomo avisador de humo desde el 8 de marzo de 2015 (traducción propia).
El texto aprobado por el Parlamento fija la regla en el artículo L. 129-8 del código de la construcción y de la vivienda: el ocupante de una vivienda, sea inquilino o propietario, instala al menos un detector de humo normalizado y vela por su buen funcionamiento. El mismo artículo prevé que esta obligación recae sobre el propietario no ocupante en las condiciones que fije un decreto, en particular para los alquileres vacacionales, las residencias, las viviendas de función y los alquileres amueblados (texto definitivamente aprobado por el Senado, febrero de 2010; traducción propia).

Foto: Georg Pik, Wikimedia Commons, licencia CC0 1.0.
¿Quién instala y quién mantiene el detector en un alojamiento amueblado?
El propietario hace ambas cosas. La respuesta ministerial precisa la evolución del derecho: antes de la ley ALUR de 24 de marzo de 2014, la instalación correspondía al ocupante, salvo en los alquileres vacacionales, las residencias, las viviendas de función y los alquileres amueblados, donde ya correspondía al propietario no ocupante. Desde la ley ALUR, es el propietario, arrendador u ocupante, quien instala un detector normalizado (traducción propia).
Para el mantenimiento, la regla general de un alquiler sin amueblar (el inquilino cambia las pilas y prueba el aparato) no se aplica a su caso. La misma respuesta indica que, tratándose de un alquiler vacacional, una residencia, una vivienda de función o un alquiler amueblado, la obligación de mantenimiento incumbe al propietario-arrendador. El propietario debe además asegurarse del buen funcionamiento del detector en el inventario de entrada cuando lo haya.
Fuente: respuesta a la pregunta escrita n.º 69140, Asamblea Nacional (artículo R. 129-13 del código de la construcción y de la vivienda citado en la pregunta).
¿Y si una conserjería gestiona el alojamiento?
La responsabilidad sigue siendo del propietario, pero puede delegarse por contrato. El ministerio explica que, cuando la gestión del alquiler se ha confiado a un administrador de fincas, las relaciones entre el propietario y el gestor quedan incluidas en el mandato de gestión. Por tanto, corresponde al propietario asegurarse de que los poderes conferidos por el mandato prevean que el gestor cumplirá las obligaciones del arrendador (traducción propia).
En concreto, si recurre a una conserjería, compruebe que su contrato menciona la verificación periódica de los detectores. Nuestra guía sobre el contrato de conserjería en alquiler de corta duración detalla las cláusulas que conviene revisar.
¿Qué detector elegir y dónde colocarlo?
La ficha de service-public.gouv.fr dedicada al detector de humo, actualizada el 13 de mayo de 2026, ofrece las referencias técnicas que conviene retener (traducción propia):
- Un detector por vivienda como mínimo: cada apartamento o casa debe tener al menos uno.
- Un aparato conforme: debe llevar el marcado CE acompañado de la referencia a la norma NF EN 14604.
- Una buena ubicación: preferiblemente en la zona de circulación o pasillo que da servicio a los dormitorios, fijado al techo.
- Varios aparatos si la vivienda tiene varias plantas: la ficha recomienda multiplicar su número en ese caso.
- Nunca en las zonas comunes de un edificio: la instalación queda excluida allí.

Foto: Georg Pik, Wikimedia Commons, licencia CC0 1.0.
¿Hay que avisar a la aseguradora?
La ficha de service-public.gouv.fr indica que el ocupante debe informar a su aseguradora mediante un certificado acompañado de una prueba de compra o de instalación (factura, foto, certificado de conformidad). En un alojamiento turístico amueblado, el ocupante es un viajero de paso: el trámite práctico recae, por tanto, en el propietario. Conserve la factura y una foto fechada de cada detector, y revise las condiciones de su contrato de seguro. Nuestro artículo sobre el seguro PNO y la responsabilidad civil del arrendador repasa las garantías que conviene comparar.
¿A partir de cuándo un alojamiento amueblado pasa a ser un ERP?
A partir de 15 personas. La definición del alojamiento turístico amueblado del artículo D. 324-1 del código del turismo no fija una capacidad máxima de alojamiento, pero la normativa de seguridad contra incendios sí fija un umbral. Según la respuesta a la pregunta escrita n.º 70095 (respuesta publicada en el Journal officiel el 1 de noviembre de 2016), un alojamiento amueblado de más de 15 personas está sometido a la normativa de los ERP, y la normativa del código del turismo y la del código de la construcción y de la vivienda son distintas e independientes: un alojamiento amueblado, clasificado o no, que supere esa capacidad se ve afectado (traducción propia).
La ficha de las preguntas frecuentes del ministerio de Economía sobre los alojamientos turísticos amueblados lo confirma: los edificios o locales de uso residencial que permiten alojar a más de 15 personas son ERP de 5.ª categoría, sometidos a las normas de accesibilidad y de prevención de riesgos de incendio (traducción propia).
¿Qué trámites exige un gîte de más de 15 personas?
Un gîte de más de 15 personas es un ERP de 5.ª categoría con locales de alojamiento. Según la respuesta del Gobierno a la pregunta escrita n.º 11152 (Journal officiel de 28 de mayo de 2024), está sometido a las siguientes exigencias (traducción propia):
- Autorización de obras: la concede la autoridad de policía, previo dictamen de la comisión de seguridad competente, antes de cualquier obra de creación, acondicionamiento o modificación (artículo L. 122-3 del código de la construcción y de la vivienda).
- Autorización de apertura: también se concede previo dictamen de la comisión de seguridad, antes de recibir público (artículo R. 143-38).
- Visita cada cinco años de la comisión de seguridad competente (artículo PE 37 del reglamento de seguridad).
- Posible visita sin previo aviso: el alcalde puede hacer visitar el establecimiento por la comisión de seguridad si es necesario (artículo R. 143-41).
La respuesta de 2016 añade que los artículos PE 3 a PE 37 del reglamento de seguridad se aplican como mínimo, y que imponen en particular la presencia permanente de personal formado en el uso de los medios de socorro y una detección automática de incendios conectada a un sistema de alarma, para permitir una evacuación temprana y ordenada del público. En caso de duda sobre el régimen aplicable, la comisión de seguridad competente analiza el modo de explotación más próximo (traducción propia).
Attention
El Gobierno indicó en 2024 que no tenía intención de crear una nueva categoría para los gîtes de más de 15 personas: según él, el derecho vigente basta para garantizar el control. No espere a que cambien los textos para ponerse en regla.
¿Dos alojamientos vecinos cuentan como un solo establecimiento?
Depende de su aislamiento. La respuesta de 2016 explica que la normativa distingue tres situaciones (superposición, vis-à-vis, contigüidad). Si los edificios están aislados entre sí y tienen evacuaciones independientes, se consideran otros tantos establecimientos. Por el contrario, si no están aislados entre sí o tienen evacuaciones comunes, se tienen en cuenta como un solo establecimiento. Si posee varias viviendas colindantes, la capacidad de alojamiento acumulada puede contar. El ministerio recomienda ponerse en contacto con la comisión de seguridad competente (traducción propia).
Las evacuaciones: una cuestión de seguridad ante todo
La misma respuesta recuerda que la seguridad de las personas exige circuitos de evacuación fluidos. Las evacuaciones (dégagements) designan toda parte de la construcción que permite el recorrido de evacuación de los ocupantes: puerta, salida, circulación horizontal, pasillo, escalera, rampa. Por regla general, los caminos de evacuación deben estar protegidos para que las personas puedan llegar al exterior (traducción propia).
Incluso en un alojamiento pequeño, unos gestos sencillos se inspiran en esta lógica:
- deje los pasillos, rellanos y escaleras libres de cualquier objeto voluminoso;
- compruebe que las puertas de entrada y de salida se abren sin dificultad desde el interior;
- explique al viajero cómo salir del alojamiento, sobre todo en una llegada tardía de forma autónoma.
Astuce
Los textos citados en este artículo no detallan otros equipamientos obligatorios (extintor, manta ignífuga) para un alojamiento de menos de 15 personas. Consulte a su ayuntamiento o a su SDIS: algunos municipios o algunos contratos de seguro pueden exigir más.
Lista de verificación de seguridad contra incendios antes de cada temporada
- Compruebe cada detector: pulse el botón de prueba, cambie las pilas si hace falta y quite el polvo del aparato.
- Anote la fecha de cada verificación en un cuaderno o en su herramienta de gestión.
- Verifique la conformidad: marcado CE y mención NF EN 14604 en la carcasa o en el embalaje.
- Compruebe la ubicación: techo, zona de circulación que da servicio a los dormitorios, un aparato por planta.
- Conserve las pruebas: factura, foto, certificado que enviar a su aseguradora.
- Informe al viajero: instrucciones en caso de alarma, números de emergencia, salida que utilizar.
- Prevea lo imprevisto: un procedimiento claro en caso de incidente, como el de nuestra guía sobre el protocolo de incidentes durante una estancia.
- Calcule su capacidad de alojamiento: si supera las 15 personas, contacte con el ayuntamiento antes de alquilar.
Este ejercicio encaja de forma natural en el mantenimiento preventivo de su vivienda, que reúne los controles periódicos que conviene planificar.
¿Cómo informar a sus viajeros de lo que deben hacer?
Un detector que suena por primera vez a las 2 de la madrugada, ante un viajero que no habla francés, no sirve de nada si nadie ha explicado qué hacer. Esta información va de forma natural en un libro de bienvenida. En el reglamento interno de un alojamiento amueblado, el apartado de seguridad puede recordar la prohibición de fumar en el interior y las instrucciones de evacuación.
Con el libro de bienvenida digital de Majordia, sus viajeros acceden a él mediante un código QR y el contenido se traduce automáticamente a los seis idiomas de la interfaz del viajero (francés, inglés, alemán, español, italiano, neerlandés). El mosaico «urgencias» agrupa la información que conviene conocer en caso de problema, y el mosaico «contacto» indica cómo localizarle. Usted mismo introduce allí sus instrucciones: la herramienta muestra la información, no sustituye sus obligaciones de propietario.
Lo esencial que debe recordar
Information
- Cada vivienda alquilada debe tener al menos un detector de humo normalizado (marcado CE, norma NF EN 14604), fijado preferiblemente al techo en la zona de circulación que da servicio a los dormitorios.
- En el alquiler vacacional y en el alojamiento amueblado, el propietario instala el detector y lo mantiene: la obligación no pasa al viajero.
- Una conserjería puede encargarse de ello, siempre que el mandato de gestión lo prevea.
- A partir de 15 personas alojadas, el alojamiento amueblado es un ERP de 5.ª categoría: autorización de apertura, dictamen de la comisión de seguridad y visita cada cinco años.
- Conserve pruebas (factura, foto, fechas de control) e informe a su aseguradora.
FAQ
¿Hace falta un detector de humo en cada dormitorio de un alojamiento amueblado?
Las fuentes consultadas exigen al menos un detector por vivienda y recomiendan colocarlo en la zona de circulación o pasillo que da servicio a los dormitorios. Para una vivienda de varias plantas, service-public.gouv.fr aconseja instalar varios. Nada en estas fuentes impone un aparato por dormitorio.
¿Quién cambia las pilas del detector de un alojamiento turístico amueblado?
El propietario-arrendador. En un alquiler vacacional o amueblado, la obligación de mantenimiento, que incluye la sustitución de las pilas y la prueba del aparato, le incumbe a él, a diferencia de un alquiler sin amueblar, donde corresponde al inquilino. Puede encargar su ejecución a un gestor si el mandato lo prevé.
¿Es obligatorio un detector de humo en un gîte de más de 15 personas?
Sí, y el régimen es más estricto. Un gîte de más de 15 personas es un ERP de 5.ª categoría: autorización de apertura, visita cada cinco años y, según la respuesta ministerial de 2016, una detección automática de incendios conectada a una alarma en virtud de los artículos PE 3 a PE 37 del reglamento de seguridad.
¿Puede mi aseguradora pedirme una prueba de instalación?
Service-public.gouv.fr indica que el ocupante debe informar a su aseguradora con un certificado acompañado de una prueba de compra o de instalación. Conserve la factura y una foto fechada, y vuelva a leer su contrato para conocer las exigencias de su aseguradora.
¿Cómo saber si mis dos viviendas vecinas forman un único ERP?
Todo depende de su aislamiento frente al fuego y de sus evacuaciones. Si están aisladas y dotadas de evacuaciones independientes, se consideran otros tantos establecimientos; si no, forman un solo establecimiento. En caso de duda, consulte a la comisión de seguridad de su municipio.
¿Han cambiado los textos desde 2016?
Las respuestas ministeriales citadas están fechadas el 1 de noviembre de 2016 y el 28 de mayo de 2024, y la ficha de service-public.gouv.fr se actualizó el 13 de mayo de 2026. Los umbrales y los procedimientos descritos aquí figuran en ellas. Verifique siempre la versión en vigor en los sitios oficiales antes de decidir.
Un libro listo para la seguridad de sus viajeros
La seguridad contra incendios de un alojamiento amueblado se resume en tres reflejos: equipar la vivienda, revisar regularmente los aparatos e informar al viajero. Este último punto se resuelve de una vez por todas en un libro de bienvenida completo, accesible mediante código QR y disponible en seis idiomas. Descubra el libro de bienvenida digital de Majordia o compare las fórmulas en la página de Tarifas.
Créditos de las imágenes. Portada: detector de alarma de incendios blanco fijado a una pared, foto de Jalen Hueser, Unsplash, licencia Unsplash. Ilustración: Georg Pik, Wikimedia Commons, CC0 1.0; imagen convertida al formato WebP y redimensionada.
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